Regl. 6629, art. 10 dup2
TÉRMINO PARA LA TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE
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Cite as Reglamento Núm. 6629, Art. 10 dup2
INSCRIPCIÓN
El Departamento tramitará la expedición del Certificado de Inscripción en
un plazo que no excederá de sesenta (60) dÃas a partir de su presentación. Si la
solicitud de inscripción, debidamente cumplimentada y acompañada de todos los
documentos necesarios no fuere rechazada dentro del plazo señalado, se
entenderá concedida la inscripción y el solicitante podrá proceder como si le
hubiese expedido la inscripción solicitada.