Regl. 6629, art. 10 dup2

TÉRMINO PARA LA TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE

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Cite as Reglamento Núm. 6629, Art. 10 dup2

INSCRIPCIÓN El Departamento tramitará la expedición del Certificado de Inscripción en un plazo que no excederá de sesenta (60) días a partir de su presentación. Si la solicitud de inscripción, debidamente cumplimentada y acompañada de todos los documentos necesarios no fuere rechazada dentro del plazo señalado, se entenderá concedida la inscripción y el solicitante podrá proceder como si le hubiese expedido la inscripción solicitada.
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