Regl. 2620, art. 3-7
Derechos del solicitante O tenedor
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Cite as Reglamento Núm. 2620, Art. 3-7
El solicitante O tenedor de la licencia podrá comparecer a
la vista asistido de abogado, presentar toda la evidencia testifical, real y documental que crea pertinente a su caso, y repreguntar a los testigos contrarios.