Regl. 6635, art. 13-13.3 dup2
Expediente de Personas Buscadas (Wanted Persons)
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Cite as Reglamento Núm. 6635, Art. 13-13.3 dup2
Este expediente contiene los documentos relacionados al arresto
pendiente de personas evadidas.
El expediente contiene los siguientes documentos:
1. Todos los documentos expresados en la Sección 13.1 del
Expediente de Investigaciones de Liberados, con
excepción al inciso 6.
2. Resolución de Prófugo
3. Confirmación de Entrada Sistema NCIC
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En caso de ser necesaria la extradición del liberado, se anejarán
los siguientes documentos, para ser referidos a la División de
Extradiciones del Departamento de Justicia:
1. Boleta de Persona Buscada (Wanted Persons)
2. Orden de Arresto Certificada
3. Denuncia Certificada
4. Huellas Dactilares
5. Petición de Extradición
Sólo tendrán acceso al expediente de Personas Buscadas
(Wanted Persons) el siguiente personal:
1. Agente Investigador
2. Personal administrativo asignado a la UEIA
3. Supervisor(a) de la UEIA
4. Director(a) de la UEIA
5. Director(a) Ejecutivo(a)
Solamente tendrán carácter de confidencialidad la confirmación
de entrada en el Sistema NCIC.
Una vez se realice el diligenciamiento de las órdenes de
arrestos, el Agente deberá asegurarse que el record sea inactivado en
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el Sistema NCIC y el expediente será localizado en los archivos
destinados para los casos inactivos de Personas Buscadas.