Regl. 6635, art. 8-8.2 dup2

Portación y Transportación de Armas de Fuego

Length: 81 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6635, Art. 8-8.2 dup2

Adicionales al Arma de Reglamento. No se portará a la vez más de un arma de reglamento o de las autorizadas por el Director(a) Ejecutivo(a), con la excepción de las siguientes situaciones: 35 de 66 1. Cuando las transporte a un Armero particular con el propósito de limpieza, reparación o modificación. 2. Cuando asista al Campo de Tiro con fines de Adiestramiento o Tiro de Prueba. 3. En cualquier ocasión expresamente autorizado por el Director(a) de la Unidad y/o el Supervisor(a).
Regl. 6635, art. 8-8.2 dup2: Portación y Transportación de Armas de Fuego | Justis AI