Regl. 2625, art. 1
DEFINICIONES
Cite as Reglamento Núm. 2625, Art. 1
A.
Comandante en Jefe
E1 Gobernador de Puerto Rico será el Comandante en
Jefe de las Fuerzas Militares de Puerto Rico.
B.
Ayudante General
El Ayudante General es el Ayudante General de Puerto
Rico según la Sección 208 del Código Militar de Puerto Rico (25
LPRA 2059)
C.
Manual de Cortes Marciales para las Fuerzas Militares
de Puerto Rico
Manual de Procedimientos Judiciales de las Fuerzas
Armadas de los Estados Unidos de América para Tribunales Militares,
edición revisada de 1969, según enmendado.
D.
Código Militar
La Ley Núm. 62 del 23 de junio de 1969, según enmendada, es conocida como "El Código Militar de Puerto Rico".
Entiéndase, por consiguiente, que cada vez que se menciona Código
Militar se refiere a la antes mencionada Ley que se encuentra en
el Título 25 de las Leyes de Puerto Rico Anotadas, Secciones 2051,
et seq.