Regl. 2625, art. 6

Reglamenta la disciplina militar en las Fuerzas Militares de Puerto Rico. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 DE 12 DIC. 2005

Last amended: 2005Length: 105 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2625, Art. 6

Se ordena al Administrador de la Administración de Corrección de Puerto Rico, que provea para el encarcelamiento, encarcelación y reclusión en cualquier cárcel o prisión bajo su control, de cualquier persona que sea sentenciada a confinamiento por una Corte Marcial O Tribunal Militar. Asímismo se provee para que reciba a toda persona cuyo confinamiento, encarcelación y reclusión se ordene antes del juicio. También se autoriza al Administrador de la Administración de Corrección a proveer los alcaides, guardias penales y funcionarios de las cárceles que sean necesarios para llevar a cabo el confinamiento, encarcelación y reclusión de cualquier miembro de las Fuerzas Militares de Puerto Rico.
Regl. 2625, art. 6: Reglamenta la disciplina militar en las Fuerzas Militares de Puerto Rico. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 DE 12 DIC. 2005 | Justis AI