Regl. 6639, art. 8

Reglamento de procedimientos Adjudicativos.

Length: 67 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6639, Art. 8

DERECHOS A todas las partes envueltas en procedimientos adjudicativos a ventilarse ante la Corporación de Desarrollo Rural de Puerto Rico (CDR) se le salvaguarán los siguientes derechos: -3- 1) Derecho a notificación oportuna de los cargos o querellas o reclamos en contra de una parte. 2) Derecho a presentar evidencia. 3) Derecho a una adjudicación imparcial. 4) Derecho a que la decisión sea basada en el expediente.
Regl. 6639, art. 8: Reglamento de procedimientos Adjudicativos. | Justis AI