Regl. 6639, art. 9
Reglamento de procedimientos Adjudicativos.
Length: 146 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6639, Art. 9
CONTENIDO DE LA QUERELLA o SOLICITUD
La querella, petición o solicitud deberá contener la siguiente información:
1) Nombre y dirección postal del querellado.
2) Descripción de los hechos constitutivos de la infracción.
3) Cita de las disposiciones de la Ley o Reglamento que los hechos
establecidos en la querella hayan violentado
4) El remedio solicitado, de forma general o especÃfica.
Deberá estar firmada por el promovente, o en los casos de personas naturales o
jurÃdicas que no sean funcionarios del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por su
abogado. Las personas jurÃdicas privadas podrán suscribir querellas o solicitudes por
medio de una persona autorizada para ello por ley o por resolución de dicha persona
jurÃdica.
La querella deberá conformarse en la medida que las circunstancias del caso lo
permitan, a los formularios que provee la Corporación para el Desarrollo Rural de
Puerto Rico (CDR) para ello.