Regl. 6640, art. XIII dup2

"Cobros de Aportaciones"

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Cite as Reglamento Núm. 6640, Art. XIII dup2

El Subordenador de la Oficina establecerá en consulta con la Junta, por reglamento los mecanismos necesarios para la adecuada tramitación del proceso de cobro de aportaciones así como de la separación del diez porciento (10%) de dichos fondos para la administración de la Oficina de Reglamentación y Promoción de la Industria de Hortalizas de Puerto Rico.
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