Regl. 6642, art. 16

Control de Calidad

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Cite as Reglamento Núm. 6642, Art. 16

El Departamento, a través de la Oficina de Servicios Especiales, podrá inspeccionar y fiscalizar la elaboración, empaque y distribución de los Productos para controlar la calidad y que se ajuste a los términos y condiciones pactados en el Contrato. El Solicitante tendrá que permitir el acceso a representantes del Departamento a la finca, la planta, o lugar de elaboración, empaque o distribución de los productos, así como a sus vehículos de entregas. De solicitarse, o ser necesaria, alguna inspección o certificación especial, el Solicitante cubrirá el costo de la misma.
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