Regl. 6642, art. 18

Libros de Contabilidad y Otra información

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Cite as Reglamento Núm. 6642, Art. 18

A. El Solicitante mantendrá disponibles para inspección por ASDA, los libros de 15 contabilidad relacionados con los productos. El Solicitante utilizará los principios de contabilidad generalmente aceptados para llevar tales libros de contabilidad. Además, deberá retener y mantener disponibles, para la inspección, los libros de contabilidad para el año corriente y los cinco (5) años anteriores en caso de que sean requeridos. B. El Solicitante deberá mantener un registro del volumen de ventas bruto de los productos para la utilización en los cómputos de la cantidad a pagarse por concepto de regalía. C. El Solicitante proveerá a ASDA copia de la documentación relacionada con sus compras de material de empaque en el cual utilice la Marca: conduces, facturas, inventarios.
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