Regl. 6643, art. 17

Notificación de Informes de Investigación del Oficial Investigador o Perito

Length: 91 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6643, Art. 17

17.1 La Comisión notificará los informes de Investigación a las partes o sus representantes identificados en el expediente. 17.2 Las partes tendrán quince (15) días desde la fecha de notificación para presentar por escrito cualquier objeción que tengan al informe. Las objeciones deberán ser precisas y específicas e indicar si se requiere la presencia del investigador en la vista administrativa. 17.3 Si no se presentaran objeciones al informe, dentro del término de quince (15) días, se considerara estipulado por las partes relevando la presencia del investigador en la vista administrativa. 10
Regl. 6643, art. 17: Notificación de Informes de Investigación del Oficial Investigador o Perito | Justis AI