Regl. 2633, art. 1-IV
Requisitos que deberán llenar todos los
Length: 160 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 2633, Art. 1-IV
Guineos y Plátanos que se Importen para
su mercadeo en Puerto Rico
Todos los guineos y plátanos que se introduzcan para su
mercadeo en Puerto Rico deberán venir en racimos y deberán
llenar los requisitos establecidos en las Normas del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico para la Clasificación de Racimos
de Guineos y de Plátanos Importados.
Cuando en opinión del Secretario sea necesario y conveniente permitir la importación de guineos en caja, el Secretario podrá, a su discreción y juicio, extender una autorización especial a esos fines a los importadores licenciados. En
dicha autorización especial el Secretario indicará la cantidad
a ser importada, el uso a que deberá ser puesto el guineo así
importado, y la duración de la autorización especial.
Los guineos importados bajo autorización especial serán
exclusivamente para entregar a las plantas de maduración y
los mismos deberán llenar los requisitos de las normas para
la clasificación de racimos de guineos y plátanos que les
sean aplicables.