Regl. 6643, art. 6

Competencia

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Cite as Reglamento Núm. 6643, Art. 6

La Comisión podrá entender sobre la querella en el lugar más conveniente para su adjudicación, tomando en cuenta el lugar de residencia de las partes, el lugar donde acontecieron los hechos, y el lugar donde se-encuentra la mayor cantidad de prueba o testigos o el lugar donde se efectuó el contrato de servicio de practicaje. 4
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