Regl. 6644, art. 4 dup2
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 6644, Art. 4 dup2
Los siguientes términos utilizados en este Reglamento tendrán el
significado que a continuación se establecen:
A. Policía
Significa el Cuerpo de la Policía de Puerto Rico
B. Superintendente
Significa el (la) Superintendente de la Policía de Puerto Rico
C. Ascenso Especial por Mérito
La otorgación del rango superior inmediato hasta el grado
de Capitán a aquel (aquella) Miembro de la fuerza que en el
desempeño de sus funciones haya demostrado liderato,
eficiencia, buena conducta e iniciativa.
D. Ascenso Especial por Acto de Heroísmo
La otorgación del rango superior inmediato hasta el grado
de Capitán a aquel (aquella) miembro de Fuerza que se haya
destacado por un acto excepcional de valor, valentía,
sacrificio y abnegación en su afán de proteger la vida,
propiedad y garantizar seguridad a los (as) ciudadanos (as).
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