Regl. 6652, art. 12-12.2 dup2
Funciones de la Escuela de Artes Plásticas de Puerto Rico
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Cite as Reglamento Núm. 6652, Art. 12-12.2 dup2
1. Para el logro de los objetivos señalados, la Escuela establecerá los
programas y servicios de relaciones de personal que estime necesarios,
conforme a sus recursos y necesidades.
2. Se formulará un Programa de Relaciones de Personal integrando los
diferentes programas y servicios de relaciones de personal tales como
atención de sugerencias, orientación y consejería en relación con el
trabajo, actividades recreativas y culturales, premios y reconocimientos y
atención de planteamientos y quejas.