Regl. 6652, art. 20 dup2

VIGENCIA

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Este Reglamento comenzará a regir en la fecha en que sea aprobado por el Administrador de la Oficina Central de Asesoramiento Laboral y de Administración de Recursos Humanos y radicado en el Departamento de Estado y a la Biblioteca Legislativa de la Oficina de Servicios Legislativos a tenor de lo dispuesto en la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y la Ley Núm. 205 de 25 de agosto de 2000. En San Juan, Puerto Rico a 4 de Octubre de 2002. Marin Prof. Marimar Benítez Rivera Dsiris Dr. Osiris Delgado Delgado Mercado Mercado Rectora Presidente Escuela de Artes Plásticas Junta de Directores de la de Puerto Rico Escuela de Artes Plásticas de Puerto Rico Aprobado: Emmalied Marie Lcda. Emmalind García García Administradora Oficina Central de Asesoramiento Laboral y de Administración de Recursos Humanos 174
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