Regl. 6652, art. 3-6.11

Normas Específicas para Cubrir Puestos Regulares con Carácter

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Cite as Reglamento Núm. 6652, Art. 3-6.11

Probatorio La Escuela llevará a cabo procedimientos especiales de reclutamiento y selección para cubrir puestos regulares con carácter probatorio siempre y 49 cuando concurran las siguientes circunstancias: 1. Que no exista registro de elegibles apropiado. 2. Que la Escuela no pueda establecer el registro de elegibles en seis (6) meses. 3. Que las prioridades y urgencias del servicio justifiquen que se ofrezca el examen de inmediato al candidato o los candidatos que hubiere disponibles. 4. La Escuela preparará y publicará el aviso público y las convocatorias a examen. Esta incluirá la ubicación de los puestos a cubrirse, los requisitos para la clase de puesto y cualificaciones especiales requeridas si algunas. Además, se informará que el registro de elegibles que se establezca quedará cancelado tan pronto se cubra el o los puestos vacantes para los cuales se convoca a examen. 5. La Escuela administrará y calificará el examen correspondiente y notificará la calificación obtenida o inelegibilidad a los examinados. 6. Se establecerán listas de candidatos cualificados para cada clase de puesto ordenándolos en forma descendente de calificación, conforme al resultado obtenido en los exámenes. 7. La Escuela expedirá las certificaciones de elegibles y hará las selecciones correspondientes conforme a lo siguiente: a) Serán certificados los primeros diez (10) elegibles en orden de notas, que acepten empleo. b) Si hubiere menos de diez (10) candidatos en el registro se 50 certificarán los nombres de los que estén disponibles. c) La selección deberá hacerse de entre los primeros diez (10) candidatos mejor cualificados que estén disponibles en la lista de elegibles. d) De haber cinco (5) candidatos que acepten nombramientos y no exista en lista candidatos adicionales, la Escuela deberá seleccionar entre aquellos disponibles. 8. Luego de hacer la selección de candidatos para los puestos incluidos en la autorización, la Escuela procederá a cancelar el registro de elegibles.
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