Regl. 6652, art. 5-5.1 dup2
Plan de Clasificación
Length: 228 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6652, Art. 5-5.1 dup2
El (la) Rector(a) establecerá un plan de clasificación para los puestos de
carrera en la Escuela de Artes Plásticas de Puerto Rico, con la debida
aprobación de la Oficina Central de Asesoramiento Laboral y de Administración
de Recursos Humanos (OCALARH). Asimismo, establecerá las normas y los
procedimientos necesarios para la administración de dicho plan, en armonÃa
con el plan de retribución que se establezca y los reglamentos aplicables a este
último.
El plan de clasificación reflejará la situación de todos los puestos en el
servicio de carrera de la Escuela a una fecha determinada, constituyendo asÃ
un inventario de los puestos autorizados a la Escuela en todo momento. Para
lograr que el plan de clasificación resulte en un instrumento de trabajo
adecuado y efectivo en la administración de personal, se mantendrá al dÃa
mediante el registro de los cambios que ocurran en los puestos, la
actualización de las especificaciones de clases y las asignaciones de puestos a
las clases, de forma que en todo momento el plan refleje exactamente los
hechos y condiciones reales presentes. Se establecerán, por lo tanto, los
mecanismos necesarios para hacer que el plan de clasificación sea susceptible
a una revisión y modificación continua de manera que constituya un
instrumento de trabajo efectivo.
El establecimiento, implantación y administración del plan de
9
clasificación se hará conforme a las disposiciones que a continuación se
establecen: