Regl. 6653, art. 10-10.5 dup2
Pago de Matrícula
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Cite as Reglamento Núm. 6653, Art. 10-10.5 dup2
Se podrá autorizar el pago de matrícula a los empleados, conforme a las normas que
se establecen a continuación. A tales fines, se consignarán los fondos necesarios en el
presupuesto de la Escuela.
1.
Disposiciones Generales
a.
El pago de matrícula se utilizará como un recurso para el
mejoramiento de conocimientos y destrezas requeridas a los
empleados para el mejor desempeño de sus funciones, así como para
su crecimiento en el servicio público.
b.
El pago de matrícula se aplicará principalmente a estudios
académicos de nivel universitario que se lleven a cabo en Puerto
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Rico en instituciones oficialmente acreditadas por el Estado Libre
Asociado de Puerto Rico. También será aplicable a cursos sin
créditos organizados por el Instituto para el Desarrollo de Personal
en el Servicio Público, la Escuela o por organizaciones
profesionales.
C.
Se podrá autorizar hasta un máximo de seis (6) créditos a un
empleado durante un semestre escolar o sesión de verano. En casos
meritorios, podrá autorizarse un número mayor de créditos. Se dejará
constancia, en cada caso, de las razones de mérito que justifiquen la
acción que se tome.
2.
Establecimiento de Prioridades
Al establecer las prioridades que regirán esta actividad, se tomará en
consideración, entre otros, uno o más de los siguientes criterios:
a.
Que no se afecte la naturaleza de los servicios de confianza
que presta el empleado.
b.
La necesidad de preparar personas en determinadas materias
para poder prestar un mejor servicio, mejorar la eficiencia del
personal o adiestrar su personal en nuevas destrezas.
c.
Que sean cursos o asignaturas estrechamente relacionadas
con los deberes y responsabilidades del puesto que ocupa el
empleado.
d.
Que sean cursos o asignaturas conducentes al grado de
bachiller en campos relacionados con el servicio público.
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e.
Que sean cursos o asignaturas postgraduados en campos
relacionados con el servicio público.
f.
Que sean cursos preparados para permitir al personal asumir
nuevos deberes y responsabilidades en la Escuela.
3.
Denegación de Solicitudes
No se autorizarán el pago de matrícula a empleados:
a.
Cuyo índice académico general en cursos anteriores autorizado bajo
el programa de pago de matrícula, sea inferior a 2.5 en estudios a
nivel de bachillerato o 3.0 en estudios postgraduados.
b.
Que soliciten cursos sin créditos excepto según se dispone en el
anterior inciso 1(b) de esta Sección.
C.
Que se hayan dado de baja en cursos autorizados para sesiones
anteriores, después de la fecha fijada por el centro de estudios para la
devolución de los cargos de matrícula, a menos que reembolsen el
total invertido en la misma, excepto en los siguientes casos: que
haya sido llamado a servicio militar, que se le haya requerido viajar
fuera de Puerto Rico en asuntos oficiales; que se les haya trasladado
a pueblos distantes de los centros de estudio; que por razones de
enfermedad se hayan visto obligados a ausentarse de su trabajo y sus
estudios; o que los empleados se vean impedidos, por razones ajenas
a su voluntad, a continuar estudios.
4.
Gastos que se Autorizarán
La autorización de pago de matrícula solo incluye los gastos por
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concepto de horas crédito de estudio (tuition). Las cuotas y los gastos
incidentales correrán por cuenta de los empleados.
5.
Reembolso de Pago de Matrícula
Los empleados acogidos a los beneficios del pago de matrícula que
descontinúen sus estudios vendrán obligados a rembolsar al erario la
cantidad invertida en los cursos en que se hayan dado de baja. El (la)
Rector(a) podrá eximir de reembolso al empleado cuando compruebe que ha
habido causa que lo justifique.
6.
Informe de Progreso Académico
Será responsabilidad de cada empleado a quien se le concede pago
de matrícula someter a la Escuela evidencia de su aprovechamiento
académico. La Escuela podrá, cuando así lo considere necesario, solicitar de
los centros de estudios una relación de las calificaciones obtenidas por sus
empleados en cursos cuya matrícula haya sido sufragada mediante este
programa.