Regl. 6653, art. 19 dup2
VIGENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 6653, Art. 19 dup2
Este Reglamento comenzará a regir en la fecha en que sea aprobado por la
Administradora de la Oficina Central de Asesoramiento Laboral y de Administración de
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Recursos Humanos y radicado en el Departamento de Estado y a la Biblioteca Legislativa a
tenor con lo dispuesto en la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, Ley
de Procedimiento Administrativo Uniforme y la Ley Núm. 205 de 25 de agosto de 2000.
En San Juan, Puerto Rico a 4 de Q ctubre de 2002
Dsiris Telgado Mercado
Dr. Osiris Delgado Mercado
Rectora
Presidente
Escuela de Artes Plásticas de
Junta de Directores de la
Puerto Rico
Escuela de Artes Plásticas
de Puerto Rico
Aprobado por:
Lcda. Emmalind García García
Administradora
Oficina Central de Asesoramiento Laboral
y de Administración de Recursos Humanos
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