Regl. 6653, art. 4-4.2 dup2
Número de Empleados de Confianza
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Cite as Reglamento Núm. 6653, Art. 4-4.2 dup2
1.
El (la) Rector(a) preparará un plan que contenga los puestos designados de
confianza bajo los incisos (1) y (2) de la Sección 4.1 que antecede, con que
interese funcionar. El número total de empleados de confianza, a tenor con
los referidos incisos (1) y (2) no excederá de veinticinco (25).
2.
La Administradora de la Oficina Central de Asesoramiento Laboral y de
Administración de Recursos Humanos podrá aprobar más de veinticinco
(25) puestos de confianza cuando el tamaño, complejidad u organización
de la Escuela requiera un número mayor para su funcionamiento eficiente.
3.
En la designación de puestos de confianza, el (la) Rector(a) hará uso
juicioso y restringido de la facultad que a esos efectos le confiere la Ley.