Regl. 6653, art. 7-7.1
Ascensos
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Cite as Reglamento Núm. 6653, Art. 7-7.1
Ascenso significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un
puesto en otra clase con funciones de nivel superior, cuando ocurre entre la Escuela
y agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en la misma
Escuela, significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto
en otra clase para la cual se haya provisto un tipo mÃnimo de retribución más alto.
El ascenso podrá efectuarse en la misma Escuela, entre la Escuela y otras
agencias Administradores Individuales y viceversa.