Regl. 2648, art. III

Métodos Injustos de Competencia

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Cite as Reglamento Núm. 2648, Art. III

Por la presente se proscriben las siguientes prácticas o conductas: 1- Toda violación a cualquier legislación antimonopolística aplicable a Puerto Rico. 2- Toda conducta análoga a una violación de cualquier disposición de la legislación antimonopolística aplicable a Puerto Rico. 5 3- Cualquier tipo de conducta que constituya una restricción al comercio o que razonablemente pueda inferirse que, de continuar inalterada, se convertirá en tal restricción. 4 - Cualquier conducta que viole el espíritu de la ley antimonopolística aplicable a Puerto Rico. 5- Cualquier conducta que viole las disposiciones estatutarias de carácter civil o penal que directa o indirectamente regulan o afectan los negocios, el comercio o la competencia. 6- Toda conducta que viole cualquier reglamento que directa o indirectamente regule los negocios, el comercio o la competencia. 7- Cualquier tipo de conducta que en equidad pueda ser declarada un método injusto de competencia.
Regl. 2648, art. III: Métodos Injustos de Competencia | Justis AI