Regl. 6654, art. 12-12.1

Recurso de Reconsideración

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Cite as Reglamento Núm. 6654, Art. 12-12.1

1. La parte adversamente afectada por una decisión podrá, dentro del término de diez (10) días a partir de la fecha de la adjudicación de la subasta, presentar una moción de reconsideración ante la Junta. Dicho escrito se radicará ante el(la) Secretario(a) de la Junta en original y dos (2) copias. Se notificará simultáneamente a la Junta de Subastas y al licitador agraciado acompañándole copia fiel del escrito. Los requisitos aquí señalados y el depósito de garantía especial dispuesto en la sección 12.4 de este Artículo, serán de estricto cumplimiento para que la Junta tenga jurisdicción sobre el caso. 2. La Junta deberá considerar la solicitud de reconsideración dentro del término de diez (10) días de haberse presentado. Si la Junta dejare de tomar alguna acción con relación a la solicitud de reconsideración dentro de los diez (10) días de habérsele presentado, se entenderá que ésta ha sido rechazada de plano. 3. La presentación de una solicitud de reconsideración, según dispone el inciso 1 de esta sección, paralizará todos los procedimientos relacionados con la subasta hasta tanto recaiga la resolución final de la Junta sobre el asunto ante su consideración o hasta que haya transcurrido el término de diez (10) días dispuesto en el inciso 2 de esta sección.
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