Regl. 6654, art. 5
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 6654, Art. 5
Las palabras y frases usadas en este reglamento se interpretarán según el contexto y el
significado sancionado por el uso común y corriente.
Las voces usadas en este reglamento en el tiempo presente incluyen también el futuro,
las usadas en singular incluyen el plural y el plural incluye el singular y las voces usadas en el
género masculino incluyen también el femenino y el neutro, salvo los casos en que tal
interpretación resultara absurda.
Para propósitos de este reglamento, los siguientes términos tendrán los significados
que se expresan a continuación:
a. Áreas: Cada una de las áreas, programas, oficinas, divisiones o unidades de la
EAP.
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b. Artículos: Cualquier mercancía adquirida o que se desea adquirir.
C. Aviso de cambio: Cualquier enmienda posterior al envío de una orden de compra,
servicio o de comienzo de una obra o proyecto.
d. Compra: Medio que utiliza la EAP para adquirir materiales, solicitar la ejecución
de una obra o proyecto, equipo o servicios a cambio de pago en dinero.
e. Compra por licitación verbal: Compra en que el importe total no exceda de
$4,000.00. Se tramita por visita personal o mediante llamada telefónica.
f. Compra por licitación escrita: Compra en que el importe total puede fluctuar entre
$4,000.01 y $10,000.00. En estos casos se requiere que todas las ofertas de
postores recibidas sean por escrito.
g. Compra por subasta formal: Compra en exceso de $10,000.00, cuya adjudicación
a determinado postor la aprueba la Junta de Subastas.
h. Convocatoria a subasta: Notificación que se publica en un periódico de
circulación general.
i. Condiciones: Las condiciones de una compra son los términos bajo los cuales se
interesa se entregue el bien, se ejecute la obra o se preste el servicio.
j. Comprador: Cualquier funcionario o empleado de la EAP autorizado por la
Rectora (or) a comprar y a quien se le haya expedido nombramiento de Delegado
Comprador 0 Subdelegado Comprador.
k. Escuela de Artes Plásticas
Institución educativa que otorga grados
universitarios.
I. Emergencia: Necesidades inesperadas e imprevistas causadas por calamidades
fuera del alcance humano, en las que se requiere acción inmediata. Ello por alguna
de las siguientes razones: (1) estar en peligro la vida o la salud de una o más
personas, (2) estar en peligro de dañarse o perderse la propiedad pública, (3) estar
en peligro de suspenderse o afectarse adversamente el funcionamiento de la
oficina, (4) estar en peligro de suspenderse o afectarse adversamente alguna
actividad a presentarse al público. También se entenderá por emergencia, aquella
situación en donde, sin mediar negligencia, olvido o dilación administrativa, la
vigencia de los fondos pueda caducar. Además, que toda oportunidad para
adquirir los suministros o servicios deseados pueda perderse, afectando
adversamente el buen funcionamiento de las corporaciones. Necesidades
inmediatas surgidas como consecuencia de dilación u olvido administrativo, no se
considerarán de emergencia.
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m. Especificaciones: Conjunto de las características primordiales de equipo, servicios
señalados como referencia para cada partida; así como, las características fisicas,
funcionales, estéticas y de calidad de cada uno de los productos, materiales,
equipo. obra, proyecto y/o servicios que se solicitan.
n. Equipo: Todos los bienes que tienen vida útil de por lo menos dos (2) años y que
pueden usarse repetidamente, sin cambiar de naturaleza o consumirse. Tiene un
costo de unidad que excede de $50.00. Excepto los programas de computadora y
CD Rom, los que se consideran equipo independientemente del costo de los
mismos.
O. Fianza: Garantía o cantidad de dinero depositada para asegurar el cumplimiento
de una obligación contraída.
p. Impugnación: Solicitud de un(a) licitador(a) ante la Junta de Subastas para que
revise las especificaciones y condiciones contenidas en los pliegos de una subasta
convocada 0 para que se reconsidere la adjudicación de una subasta en particular.
q. Junta: La Junta de Subastas de la EAP nombrada por la (el) Rectora (or) para
efectuar subastas y que actúa como organismo administrativo de estudio,
evaluación y adjudicación de subastas, cuyas funciones se rigen por este
reglamento.
Γ. Licitador(a): Persona natural o jurídica, que participa en determinada subasta
como postor presentando su oferta.
S. Licitador(a) Agraciado(a): Persona natural o jurídica, a quien se le adjudica la
buena pro de una 0 más partidas en una subasta.
t. Materiales: Conjunto de herramientas u objetos necesarios para el desempeño de
un servicio o para la realización de una obra. Su vida útil generalmente no excede
dos (2) años, y al usarse puede cambiar de naturaleza o consumirse. El costo de
unidad generalmente no excede $50.
u. Obra o proyecto: Cualquier trabajo de construcción, reconstrucción, restauración,
alteración, ampliación, mejoras, conservación o mantenimiento de cualquier
estructura o edificación incluyendo obras de arte.
V. Oficial de Compras: Empleado de la oficina facultado para efectuar compras.
W. Oficina: Oficina de Compras.
X. Pliegos de Subasta: Es el documento que se entregará a los licitadores interesados
en participar en una subasta. Contendrán las instrucciones, las especificaciones y
las condiciones requeridas.
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y: Presidente: La persona designada para presidir la Junta de Subastas de la EAP.
Z. Rectora (or) Rectora (or) de la EAP.
aa. Reconsideración: Recurso mediante el cual se solicita ante la Junta de Subastas la
reevaluación de cualquier decisión emitida por ésta.
bb. Servicios: Aquellos servicios que sean prestados por personas naturales o
jurídicas.
CC. Secretario: La persona designada para llevar a cabo las funciones y deberes del
Secretario de la Junta de Subastas de la EAP.
dd. Subasta formal: Procedimiento de compra en el que se requiere enviar pliegos de
subasta a suplidores o en su defecto la publicación de un anuncio en un periódico
de circulación general. Comprende toda compra cuyo monto exceda la cantidad
de $10,000.00 en caso de compra de materiales, equipo o servicio. En caso de
obras de construcción se efectuará subasta formal si la cantidad excede de
$25,000.00.
ee. Subasta informal: Procedimiento de compras en el que se requiere solicitud de
precios en mercado abierto. Comprende toda compra cuyo monto no exceda de
$10,000.00, en caso de compra de materiales, equipo o servicio. En caso de obras
de construcción se efectuará subasta informal si la cantidad no excede de
$25,000.00.
ff. Unico(a) suplidor(a) disponible: Única persona natural o jurídica que está
dispuesta a servir el bien, prestar el servicio o ejecutar la obra que se interesa en el
momento y bajo las condiciones que se solicita.
gg. Única fuente de abasto: Cuando existe un solo suplidor del bien, servicio u obra.