Regl. 6654, art. 7-7.3

Deberes y Responsabilidades de la Junta, del(la) Presidente(a) y el(la)

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Cite as Reglamento Núm. 6654, Art. 7-7.3

Secretario(a) 1. Deberes de la Junta a. Adoptará un sello b. Solicitará asesoramiento de los funcionarios y empleados de la EAP C. Adoptará las normas y procedimientos de su funcionamiento interno d. Tomará medidas correctivas para evitar incumplimientos de contrato e. Recibirá y considerará todas las proposiciones que le sean sometidas y procederá a la adjudicación de la subasta al postor cuya proposición, a juicio de la Junta, fuese la más beneficiosa a los intereses de la EAP Reglamento de Subastas y Compras 8 f. Cuando considere conveniente, fijará el importe de las fianzas, determinará aquellas otras garantías, exigirá el cumplimiento de aquellos otros requisitos que se exijan a los licitadores y dictará las reglas que deberán regir en los pliegos de subastas sobre las condiciones generales y especiales que se establezcan g. Levantará un acta numerada correlativamente de toda sesión celebrada en la que se harán constar todos los acuerdos relacionados con la celebración de la subasta h. Investigará cualquier reclamación o querella que pudiera surgir entre los contratistas y los encargados de recibir los materiales o servicios subastados. Rendirá un informe a la (el) Rectora (or) de toda investigación que se practique por la Junta, para que éste(a) adopte los acuerdos procedentes 2. Deberes y Poderes del(la) Presidente(a) de la Junta a. Velar por el funcionamiento normal de la Junta b. Velar porque los miembros de la Junta cumplan fielmente con los deberes de su cargo. C. Dirigir los procedimientos de la Junta d. Representar a la Junta e. Convocar y presidir las reuniones de la Junta f. Revisar y adoptar como suyas, recomendaciones de los miembros de la Junta g. Someter al(a) Rector(a) informes periódico conteniendo las subastas adjudicadas y pendientes de adjudicación h. Cumplir con todas las funciones y deberes inherentes a su cargo, o que expresamente se mencionen en otras disposiciones de este reglamento i. Velar porque la Oficina de Compras coloque las órdenes tan pronto sean adjudicadas 3. Deberes del(la) Secretario(a) de la Junta a. Custodiar toda la información contenida en los libros, récords, expedientes y documentos de la Junta. b. Mantener récord de toda la correspondencia recibida o despachada por la Junta. Reglamento de Subastas y Compras 9 C. Recibir y abrir la correspondencia, despacharla y custodiarla. d. Recibir, custodiar y velar por la tramitación adecuada de los expedientes de subastas. e. Citar a las reuniones de la Junta. f. Notificar las adjudicaciones y acuerdos de la Junta a las partes interesadas. g. Certificar los acuerdos y las adjudicaciones cuando éstas se tomen y cualquier otro documento de la Junta. h. Custodiar el sello de la Junta. i. Tomar las minutas y levantar las actas sobre los acuerdos y las adjudicaciones. j. Redactar las actas, minutas, acuerdos, adjudicaciones e informes para la aprobación del(la) Presidente(a). k. Someter un Informe Mensual de la Junta sobre aquellos licitadores invitados a las subastas que no hayan comparecido y las razones que han dado para ello. I. Cumplir con todas las funciones y deberes inherentes a su cargo o que expresamente se mencione en otras disposiciones de este reglamento.
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