Regl. 6654, art. 9-9.4
Requisitos de los pliegos de la subasta
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Cite as Reglamento Núm. 6654, Art. 9-9.4
a. Los pliegos contendrán especificaciones completas y descripciones claras de los
suministros y servicios que se desean obtener.
b. Indicará claramente los términos y condiciones de entrega y de inspección
requeridos, cuando éstos sean esenciales para efectos de la adjudicación de la
subasta.
C. En los pliegos de la subasta se especificará la fecha, hora y lugar en que se abrirán
los sobres con las ofertas.
d. Todo pliego de subasta contendrá instrucciones especÃficas, respecto a la forma en
que habrán de someterse las ofertas; asà como, los términos y condiciones que
regirán la transacción. Estos y las especificaciones, constituirán la base del
contrato y pasarán a formar parte del mismo.
e. En toda solicitud de precios, se consignarán todos los elementos necesarios para
que el licitador pueda hacer su oferta.
f. Aquellos casos sujetos a condiciones o restricciones especiales, deberán contener
una nota a esos efectos, señalando claramente la condición, de manera que permita
la tramitación y evaluación adecuada de la subasta.
g. En los casos que se requiera de los licitadores que sometan alguna certificación o
documentos especiales, como parte de su oferta, se estabtecerán los términos
básicos del requerimiento, mediante cláusula al efecto. Ejemplo: Certificación de
Deuda Contributiva.
h. Cuando se requiera la instalación de equipo, deberá incluirse en las
especificaciones una cláusula, al efecto de que la labor a realizarse deberá cumplir
con los reglamentos vigentes y normas comunes de la ingenierÃa y seguridad.
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i. El(la) Presidente(a) de la Junta de Subastas deberá consignar en la convocatoria
los tipos de descuentos por pronto pago que sean aceptables al Estado Libre
Asociado de Puerto Rico; asà como, el término menor de tiempo que se considere
necesario para hacer aceptable la condición de pago.
j. Las referencias a marcas especÃficas de artÃculos se harán únicamente como guÃa o
Ãndice para ayudar al licitador a determinar la clase y tipo de artÃculos que se
interesa obtener. En estos casos, los licitadores podrán cotizar sus precios para
otras marcas que cubran las especificaciones indicadas en la invitación a subasta.
Podrá cursarse un pliego de subasta para la adquisición de marcas especÃficas
cuando se pueda justificar, por la experiencia obtenida y/o cuando existan tres (3)
o más suplidores que la vendan o por alguna otra razón, que dichas marcas son las
que mejor satisfacen las necesidades de la Escuela. Como parte del expediente de
compra, se incluirá un informe donde se expliquen las razones.
k. Se podrán solicitar cotizaciones por el monto total de la compra de un grupo de
renglones de una misma rama de comercio, cuando se considere que ello conviene
a los mejores intereses de la Escuela, pero no se incluirán especificaciones
restrictivas que, en forma alguna, puedan limitar la competencia.
1. El tiempo a fijarse para la entrega de los artÃculos o servicios será razonable, en
armonÃa con las facilidades de que disponga el comercio local, siempre que esto no
conflija con las necesidades de la Escuela.
m. Cuando las circunstancias lo ameriten, se requerirá una fianza de ejecución para
garantizar la entrega de la mercancÃa o ejecución de los servicios subastados, y se
hará constar dicho requerimiento en el pliego de subasta. Esta fianza se requerirá
al postor al cual se adjudique la subasta.
n. Los licitadores a quienes se les adjudique el contrato de compra o parte del mismo
en un procedimiento de subasta, convendrán en suministrar los productos o
servicios contratados de conformidad con los términos de entrega, especificaciones
y demás condiciones que se estipulen. De ocurrir retraso en la entrega de tales
productos o servicios, la Oficina de Compras hará un descuento al momento de
tramitar el pago por cada dÃa consecutivo de retraso. La cantidad a ser descontada
se fijará en las "condiciones o instrucciones especiales" para la subasta. Dicha
cantida 1 será establecida por la Junta a base de la premura que tengan los
productos o servicios para las corporaciones, la disponibilidad de los mismos en el
mercado, los gastos y contratiempos que el retraso pueda ocasionar a las
corporaciones y cualquier otro factor que se estime pertinente. Cuando el valor
del contrato sea de $50,000 o más, la cantidad a ser establecida por la Junta no
será menor de $100 por dÃa de atraso. Igualmente, la fianza que garantiza la
ejecución del contrato responderá del pago de daños y perjuicios. La suma a pagar
por retraso en la entrega de la mercancÃa en ninguna forma representa una
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penalidad, y sà daños y perjuicios convenidos entre ambas partes, para compensar a
la Escuela de gastos adicionales y otros contratiempos ocasionados.
O. Cuando todas las especificaciones del material, equipo o servicios a requerirse no
se incluyan en la invitación a subasta, ya sea porque ésta se hizo a través de la
prensa o por cualquier otro motivo, copias de los documentos relacionados estarán
a la disposición en la Oficina de Compras, y asà se hará constar en la invitación.
p. En todo pliego de subasta se especificarán los términos pára impugnación de la
convocatoria y adjudicación.