Regl. 6656, art. C-X dup2

REVISIÓN JUDICIAL

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Cite as Reglamento Núm. 6656, Art. C-X dup2

La parte adversamente afectada por una resolución final de la Autoridad, puede presentar una solicitud de revisión ante el Tribunal de Circuito de Apelaciones, dentro del término de treinta días, contados a partir del archivo en auto de la copia de la notificación de la determinación final de la Autoridad. 10
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