Regl. 6659, art. 6
Requisitos
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Cite as Reglamento Núm. 6659, Art. 6
a.
El solicitante deberá presentar prueba de que la inversión le
resultará provechosa. Si el solicitante lo es el tutor este deberá
demostrar que la inversión es provechosa para el obrero
lesionado.
b.
Cuando la solicitud de inversión sea para la compra de una
propiedad inmueble el solicitante deberá suministrar la
siguiente información, según sea el caso:
1.
El documento que acredita el tÃtulo al vendedor y la
autorización de la agencia concerniente. Cuando ello
fuere necesario, se requerirá evidencia de la escritura
registrada o boleto de presentación ante el Registro de la
Propiedad.
2.
Certificación del Centro de Recaudaciones de Ingresos
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Municipales (CRIM) 0 del Departamento de Hacienda
sobre las contribuciones que gravan dicha propiedad 0
carta de exención contributiva.
3.
Certificación del acreedor hipotecario sobre el balance de
la hipoteca, si la hubiere.
4.
Certificación de la agencia 0 agencias concernientes, tales
como: Junta de Planificación, Departamento de la
Vivienda Administración de Desarrollo y Mejoras a
Viviendas (ADMV) u Oficina de Liquidación de la
Corporación de Renovación Urbana y Vivienda (CRUV) o
SÃndico, a los efectos de que la propiedad a adquirirse no
será afectada cuando la misma radique en zonas de nuevo
desarrollo.
5.
Certificación del Registrador de la Propiedad sobre cargas
0 gravámenes, declaratorias de herederos, dispensa de
planificación, expediente de dominio y/o cualquier otro
tipo de documento necesario para su aprobación.
6.
Prueba fehaciente de que existe dicha edificación cuando
de la escritura o documentos que acreditan el tÃtulo no se
describe la edificación 0 cuando la misma está en solar
ajeno.
7.
Si la inversión consiste en la compra de alguna propiedad
cedida en usufructo por alguna agencia gubernamental,
deberá traerse una certificación de la agencia que haya
cedido el usufructo en la compraventa.
8.
Cualquier otro documento o evidencia que a juicio del
Administrador resulte necesario para determinar si se
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trata de una inversión provechosa.
c.
Cuando la solicitud de inversión sea para la adquisición 0
remodelación de una empresa comercial, industrial, agrÃcola o
profesional, deberá someterse:
1.
Documento que acredite al vendedor como dueño.
2.
De no pertenecerle la estructura al vendedor de la
empresa 0 negocio, deberá presentar el contrato de
arrendamiento. Cuando éste nada dispusiere sobre la
autoridad para subarrendar, deberá traer en su lugar
evidencia de que ha sido autorizado por el dueño de la
estructura para asà hacerlo y donde dicho dueño se
comprometa a renovar el contrato por un término
razonable.
3.
Información sobre la experiencia y capacidad que posee el
solicitante para administrar la clase de empresa 0 negocio
que va a adquirir o a establecer. La falta de experiencia,
como criterio único, no será utilizado necesariamente para
sustentar una decisión denegatoria de la inversión.
4.
Estado financiero de la empresa 0 declaración jurada
sobre dicho estado, estado de situación y una relación por
escrito de todos los acreedores del negocio.
5.
Si se trata de la compra de un negocio ya establecido,
debe traer evidencia de que el equipo existente está saldo
0 certificación sobre balance de deuda.
6.
Cualquier otro documento 0 evidencia que a juicio del
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Administrador resulte necesario para determinar si se
trata de una inversión provechosa.
d.
Cuando la inversión solicitada sea para la construcción,
reparación o ampliación de la propiedad del solicitante deberá
someter:
1.
Escritura o documento que acredite al peticionario como
dueño del solar o de la propiedad objeto de la inversión.
2.
Estimado de gastos sobre la obra que se pretende
efectuar.
3.
Permiso de construcción expedido por la Administración
de Reglamentos y Permisos (ARPE), si la construcción 0
mejora lo requiere.
4.
Contrato de construcción si el costo de la obra excede de
seis mil dólares ($6,000.00). En todos los casos el dinero
solicitado se dividirá en varios cheques y se entregarán al
lesionado o a su representante a tenor con el adelanto de
la obra.
e.
Cuando la inversión solicitada sea para obtener un certificado de
ahorro:
A los fines de autorizar esta inversión se tomará en
consideración lo siguiente:
1.
Información sobre la institución financiera de la
cual se obtendrá el certificado. Debe ser una de
reconocida solidez y que goce de reputación en
términos comerciales 0 financieros. Que se conozca
sin lugar a dudas su sitio de hacer negocios para
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facilitar la verificación de la legitimidad de la
compra del certificado.
2.
Documentos 0 certificaciones oficiales expedidos por
las instituciones bancarias 0 cooperativas, los
cuales deberán expresar claramente las garantÃas,
regulaciones, condiciones, términos y beneficios de
las mismas. Deberán someter estos documentos de
tres instituciones diferentes.
3.
Que el lesionado dispone de otros ingresos que le
permiten satisfacer sus necesidades básicas,
excluyendo la compensación por concepto de
incapacidad otorgada por la Corporación del Fondo
del Seguro del Estado.
4.
Que los intereses a pagarse sean los más altos
prevalecientes en el mercado al momento de
realizarse la inversión.
5.
Que el certificado sea adquirido por un término no
menor de dos (2) años de vigencia.
La Corporación del Fondo del Seguro del Estado se asegurará que la
cantidad autorizada para la inversión sea utilizada para la compra de los
certificados de ahorro. A estos efectos se añadirá un endoso restrictivo al
dorso del cheque. Bajo ninguna circunstancia se autorizarán solicitudes de
inversión para certificados de ahorro a tutores en casos de lesionados a los
cuales se les ha reconocido una incapacidad total y permanente.