Regl. 6659, art. 6

Requisitos

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Cite as Reglamento Núm. 6659, Art. 6

a. El solicitante deberá presentar prueba de que la inversión le resultará provechosa. Si el solicitante lo es el tutor este deberá demostrar que la inversión es provechosa para el obrero lesionado. b. Cuando la solicitud de inversión sea para la compra de una propiedad inmueble el solicitante deberá suministrar la siguiente información, según sea el caso: 1. El documento que acredita el título al vendedor y la autorización de la agencia concerniente. Cuando ello fuere necesario, se requerirá evidencia de la escritura registrada o boleto de presentación ante el Registro de la Propiedad. 2. Certificación del Centro de Recaudaciones de Ingresos 10 Municipales (CRIM) 0 del Departamento de Hacienda sobre las contribuciones que gravan dicha propiedad 0 carta de exención contributiva. 3. Certificación del acreedor hipotecario sobre el balance de la hipoteca, si la hubiere. 4. Certificación de la agencia 0 agencias concernientes, tales como: Junta de Planificación, Departamento de la Vivienda Administración de Desarrollo y Mejoras a Viviendas (ADMV) u Oficina de Liquidación de la Corporación de Renovación Urbana y Vivienda (CRUV) o Síndico, a los efectos de que la propiedad a adquirirse no será afectada cuando la misma radique en zonas de nuevo desarrollo. 5. Certificación del Registrador de la Propiedad sobre cargas 0 gravámenes, declaratorias de herederos, dispensa de planificación, expediente de dominio y/o cualquier otro tipo de documento necesario para su aprobación. 6. Prueba fehaciente de que existe dicha edificación cuando de la escritura o documentos que acreditan el título no se describe la edificación 0 cuando la misma está en solar ajeno. 7. Si la inversión consiste en la compra de alguna propiedad cedida en usufructo por alguna agencia gubernamental, deberá traerse una certificación de la agencia que haya cedido el usufructo en la compraventa. 8. Cualquier otro documento o evidencia que a juicio del Administrador resulte necesario para determinar si se 11 trata de una inversión provechosa. c. Cuando la solicitud de inversión sea para la adquisición 0 remodelación de una empresa comercial, industrial, agrícola o profesional, deberá someterse: 1. Documento que acredite al vendedor como dueño. 2. De no pertenecerle la estructura al vendedor de la empresa 0 negocio, deberá presentar el contrato de arrendamiento. Cuando éste nada dispusiere sobre la autoridad para subarrendar, deberá traer en su lugar evidencia de que ha sido autorizado por el dueño de la estructura para así hacerlo y donde dicho dueño se comprometa a renovar el contrato por un término razonable. 3. Información sobre la experiencia y capacidad que posee el solicitante para administrar la clase de empresa 0 negocio que va a adquirir o a establecer. La falta de experiencia, como criterio único, no será utilizado necesariamente para sustentar una decisión denegatoria de la inversión. 4. Estado financiero de la empresa 0 declaración jurada sobre dicho estado, estado de situación y una relación por escrito de todos los acreedores del negocio. 5. Si se trata de la compra de un negocio ya establecido, debe traer evidencia de que el equipo existente está saldo 0 certificación sobre balance de deuda. 6. Cualquier otro documento 0 evidencia que a juicio del 12 Administrador resulte necesario para determinar si se trata de una inversión provechosa. d. Cuando la inversión solicitada sea para la construcción, reparación o ampliación de la propiedad del solicitante deberá someter: 1. Escritura o documento que acredite al peticionario como dueño del solar o de la propiedad objeto de la inversión. 2. Estimado de gastos sobre la obra que se pretende efectuar. 3. Permiso de construcción expedido por la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE), si la construcción 0 mejora lo requiere. 4. Contrato de construcción si el costo de la obra excede de seis mil dólares ($6,000.00). En todos los casos el dinero solicitado se dividirá en varios cheques y se entregarán al lesionado o a su representante a tenor con el adelanto de la obra. e. Cuando la inversión solicitada sea para obtener un certificado de ahorro: A los fines de autorizar esta inversión se tomará en consideración lo siguiente: 1. Información sobre la institución financiera de la cual se obtendrá el certificado. Debe ser una de reconocida solidez y que goce de reputación en términos comerciales 0 financieros. Que se conozca sin lugar a dudas su sitio de hacer negocios para 13 facilitar la verificación de la legitimidad de la compra del certificado. 2. Documentos 0 certificaciones oficiales expedidos por las instituciones bancarias 0 cooperativas, los cuales deberán expresar claramente las garantías, regulaciones, condiciones, términos y beneficios de las mismas. Deberán someter estos documentos de tres instituciones diferentes. 3. Que el lesionado dispone de otros ingresos que le permiten satisfacer sus necesidades básicas, excluyendo la compensación por concepto de incapacidad otorgada por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado. 4. Que los intereses a pagarse sean los más altos prevalecientes en el mercado al momento de realizarse la inversión. 5. Que el certificado sea adquirido por un término no menor de dos (2) años de vigencia. La Corporación del Fondo del Seguro del Estado se asegurará que la cantidad autorizada para la inversión sea utilizada para la compra de los certificados de ahorro. A estos efectos se añadirá un endoso restrictivo al dorso del cheque. Bajo ninguna circunstancia se autorizarán solicitudes de inversión para certificados de ahorro a tutores en casos de lesionados a los cuales se les ha reconocido una incapacidad total y permanente.
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