Regl. 6660, art. 2 dup5
Regl. Del programa especial de incentivos salarial, conocido como Pan y Trabajo.
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Cite as Reglamento Núm. 6660, Art. 2 dup5
EXPEDIENTES
a.
Expediente del participante del Programa
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El expediente del PAN en el Centro de Servicios Integrados u Oficina
Local, contiene los documentos y las anotaciones que sostienen las
acciones tomadas con los participantes del Programa PAN y
TRABAJO. El mismo se identifica mediante un marbete.
Se efectúan anotaciones precisas para establecer si el procedimiento es
razonable y-correcto. Cuando el funcionario tenga necesidad de
verificar información contradictoria anota porqué la considera
contradictoria y el método de verificación 0 fuente de información
utilizada. Establece la razón para utilizar fuentes de información
alternas como contacto colateral, visitas al hogar y la razón para
rechazar un contacto colateral y sustituírlo por otro.
El Departamento conserva los expedientes cerrados por un mínimo de
seis (6) años, contados a partir de la fecha de cierre.
b.
Expediente del patrono
El patrono mantiene un expediente con el contrato firmado con la
agencia delegada, copia de las, nóminas para el reembolso del
incentivo salarial, certificaciones y otros documentos relacionados con
los participantes del PAN que recluta. Mantiene la documentación y
control de los reembolsos recibidos por concepto de los incentivos
salariales, para cumplir con los requisitos de auditorías, evaluaciones y
monitorías.
La agencia delegada y el Departamento también mantienen
expedientes de los patronos participantes con información relativa a
los contratos y los pagos de incentivos salariales.
Estos expedientes se conservan por seis (6) años, contados a partir de
la fecha en que se pierde la efectividad del contrato.
c.
Expediente de la agencia delegada
El Departamento mantiene expediente de la agencia delegada con el
contrato, documentación requerida para la contratación y evidencia de
los reembolsos efectuados por concepto de costos administrativos por
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empleos creados. Las agencias delegadas también mantienen
expediente con los documentos antes mencionados para cumplir con
los requisitos de auditorías, evaluaciones y monitorías.
Estos expedientes se conservan por seis (6) años, contados a partir de
la fecha en que se pierde la efectividad del contrato.
CAPITULO III
NOTIFICACIONES