Regl. 6660, art. I-1.2

Regl. Del programa especial de incentivos salarial, conocido como Pan y Trabajo.

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Cite as Reglamento Núm. 6660, Art. I-1.2

Registro de Empleo El Registro de Empleo es mandatorio, para los participantes del PAN aptos para empleo. Los participantes, que según la reglamentación del PAN resulten exentos del registro, pero interesen trabajar puden registrarse voluntariamente~excepto las personas que un médico certifique con incapacidad total, transitoria o permanentemente para realizar trabajos que produzcan ingresos 0 ejecutar tareas propias de su edad, capacidad y preparación. Pueden registrarse voluntariamente, menores entre las edades de 14 a 17 años, con el consentimiento de sus padres o encargados. Estos deben presentar un permiso que les otorga el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos a los patronos que interesan reclutar menores. El horario de empleo del menor no debe conflijir con la asistencia a la escuela, según las normas del PAN. A las personas que se registran voluntariamente no se les aplican las sanciones por incumplimiento. Los participantes del PAN se registran para empleo en el Programa PAN y TRABAJO, en la certificación inicial del caso del PAN, la recertificación o revisión del caso, 0 cuando surgen cambios en las circunstancias de empleo o situación familiar. 9 El Departamento mantiene Control de Personas Registradas para empleo en el Programa PAN y TRABAJO, en cada Centro de Servicios Integrados u Oficina Local. Refiere copia de los registros a las agencias delegadas y a los Coordinadores Regionales de ADSEF. El participante del PAN es seleccionado del Registro, para ser referido al patrono. También tiene la opción de acudir directamente a solicitar empleo a las "empresas participantes del Programa PAN y TRABAJO, sin tener que esperar por el proceso de referido del Programa. El Departamento Informa al participante del PAN que así lo requiera, sobre las empresas a las que puede acudir directamente, según las ofertas que se reciban en la Oficina Regional, Centro de Servicios Integrados u Oficina Local. Todo participante del PAN apto para empleo también debe efectuar un mínimo de tres (3) gestiones propias para obtener un empleo y presentar las evidencias correspondientes en la próxima recertificación. El participante debe comparecer a las entrevistas relacionadas con el Programa, proveer las verificaciones que se le soliciten, aceptar y mantenerse en el empleo, si el mismo es adecuado. Si no comparece a las entrevistas, no presenta la evidencia requerida, no acepta un empleo adecuado o lo abandona sin causa justificada, se declara inelegible en el PAN a la unidad familiar, o se descalifica a la persona que incumpla, según aplique, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del PAN.
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