Regl. 6660, art. I-1.2
Regl. Del programa especial de incentivos salarial, conocido como Pan y Trabajo.
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Cite as Reglamento Núm. 6660, Art. I-1.2
Registro de Empleo
El Registro de Empleo es mandatorio, para los participantes del PAN
aptos para empleo. Los participantes, que según la reglamentación del
PAN resulten exentos del registro, pero interesen trabajar puden
registrarse voluntariamente~excepto las personas que un médico
certifique con incapacidad total, transitoria o permanentemente para
realizar trabajos que produzcan ingresos 0 ejecutar tareas propias de su
edad, capacidad y preparación. Pueden registrarse voluntariamente,
menores entre las edades de 14 a 17 años, con el consentimiento de sus
padres o encargados. Estos deben presentar un permiso que les otorga
el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos a los patronos que
interesan reclutar menores. El horario de empleo del menor no debe
conflijir con la asistencia a la escuela, según las normas del PAN.
A las personas que se registran voluntariamente no se les aplican las
sanciones por incumplimiento.
Los participantes del PAN se registran para empleo en el Programa
PAN y TRABAJO, en la certificación inicial del caso del PAN, la
recertificación o revisión del caso, 0 cuando surgen cambios en las
circunstancias de empleo o situación familiar.
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El Departamento mantiene Control de Personas Registradas para
empleo en el Programa PAN y TRABAJO, en cada Centro de
Servicios Integrados u Oficina Local. Refiere copia de los registros a
las agencias delegadas y a los Coordinadores Regionales de ADSEF.
El participante del PAN es seleccionado del Registro, para ser referido
al patrono. También tiene la opción de acudir directamente a solicitar
empleo a las "empresas participantes del Programa PAN y TRABAJO,
sin tener que esperar por el proceso de referido del Programa. El
Departamento Informa al participante del PAN que así lo requiera,
sobre las empresas a las que puede acudir directamente, según las
ofertas que se reciban en la Oficina Regional, Centro de Servicios
Integrados u Oficina Local.
Todo participante del PAN apto para empleo también debe efectuar un
mínimo de tres (3) gestiones propias para obtener un empleo y
presentar las evidencias correspondientes en la próxima
recertificación.
El participante debe comparecer a las entrevistas relacionadas con el
Programa, proveer las verificaciones que se le soliciten, aceptar y
mantenerse en el empleo, si el mismo es adecuado. Si no comparece a
las entrevistas, no presenta la evidencia requerida, no acepta un
empleo adecuado o lo abandona sin causa justificada, se declara
inelegible en el PAN a la unidad familiar, o se descalifica a la persona
que incumpla, según aplique, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento del PAN.