Regl. 1277, art. 112.5

Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. IV -- Ascensores de personas. No incluido en el índice bajo Ley 149 de 12 dic, 2005

Last amended: 2005Length: 197 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 1277, Art. 112.5

Car Doors or Gates. Where required by Rule 112.3d or Rule 112.4, a power-operated car door or gate shall be provided with a re-opening device which will function to stop and re-open a car door or gate and the adjacent hoistway door in the event that the car door or gate is obstructed while closing. For center opening doors the re-opening device shall be so designed and installed that the obstruction of either door panel when closing will cause the re-opening device to function. 59 TEXTO EN ESPAÑOL los requisitos de la Regla 112.5 y no excederá de dos y media (2-1/2) libras pies en los casos donde no se use el dispositivo de re-apertura. Donde la puerta de pozo y la puerta o portón del carro cierren de tal manera que deteniendo cualquiera de ellas manualmente se detengan las dos, la suma de los pesos de todas las piezas firmemente conectadas a éstas será usada para computar la energía cinética. La velocidad de cierre promedio se determinará por medición del tiempo de las puertas al cerrar y será como sigue: USAS,A17.1 1. Con puertas de corredera sencilla y de dos Ibid velocidades, determine el tiempo requerido
Regl. 1277, art. 112.5: Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. IV -- Ascensores de personas. No incluido en el índice bajo Ley 149 de 12 dic, 2005 | Justis AI