Regl. 2663, art. 12-7.9
NOMBRAMIENTOS TRANSITORIOS
Cite as Reglamento Núm. 2663, Art. 12-7.9
En todo puesto creado por término fijo el nombramiento será de
carácter transitorio. Serán igualmente transitorios los nombramientos
en puestos permanentes en las siguientes circunstancias:
1)
2)
3)
4)
5)
6)
7)
El proceso de reclutamiento y selección para los aspirantes a nombramientos transitorios consistirá de una evaluación de los candidatos
a los únicos fines de determinar si reúnen los requisitos mÃnimos establecidos para la clase de puesto en el cual habrán de ser nombrados.