Regl. 6669, art. 9

- Liberación 0 Cancelación de Gravámenes de Cuota

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Cite as Reglamento Núm. 6669, Art. 9

A. Los gravámenes o Hipotecas de Cuota se cancelarán mediante un documento legal donde la entidad prestataria o beneficiario exprese su consentimiento a dicha cancelación. B. La liberación puede ser total o parcial. C. La cantidad de la cuota a liberarse debe estar especificada en el documento. D. El documento debe estar autenticado ante un notario público.
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