Regl. 6685, art. 4.02-3.08
MODIFICACIONES AL PERMISO o AUTORIZACION
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Cite as Reglamento Núm. 6685, Art. 4.02-3.08
A. La Autoridad puede modificar un permiso o autorización de descarga, incluidas,
pero sin limitarse a, las siguientes razones:
REGLAMENTO SOBRE LOS SERVICIOS DE AGUA y DE ALCANTARILLADOS
III-10
1. Incorporar cualquier requisito de pretratamiento, nuevo o revisado, federal 0
del Estado Libre Asociado de Puerto Rico;
2. Cuando, en la opinión de la Autoridad, sea necesaria una modificación para
proteger cualquier sistema e instalación de tratamiento, proteger la salud o
bienestar público, evitar la contaminación de los lodos sanitarios de la
instalación de tratamiento o proteger la calidad de las aguas receptoras u otra
causa justa;
3. Atender cualquier cambio sustancial en el volumen o las características de los
contaminantes en la descarga, incluidos los desperdicios peligrosos
característicos o que figuran en la lista de desperdicios peligrosos y cualquier
adición o cambio a un proceso u operación que altere la naturaleza o aumente
las cantidades de materiales descargados en los sistemas de tratamiento de
forma tal que el usuario incumpla con los requisitos contenidos de su permiso
o autorización o de este Reglamento;
4. Atender o poner remedio a la violación de cualquiera de los términos o
condiciones del permiso o autorización de descarga;
5. Atender o poner remedio a la falsa representación u omisión de la divulgación
completa de hechos pertinentes de la solicitud de permiso o autorización de
descarga o de cualquier informe requerido;
6. Reflejar la revisión de las normas categóricas de pretratamiento o la concesión
de una dispensa a las Normas Nacionales Categóricas de Pretratamiento de
conformidad con el 40 CFR 403.7 ó 403.13;
7. Corregir errores tipográficos, o de otro tipo, en el permiso o autorización de
descarga;
8. Reflejar un cambio en los sistemas e instalaciones de tratamiento que requiera
una reducción provisional o permanente o la eliminación de la descarga
permitida; o
9. Reflejar un traspaso de la titularidad u operación de la instalación a un nuevo
dueño u operador. Puede que no se permita una modificación con este
propósito, a menos que el poseedor del permiso cumpla con los requisitos del