Regl. 6685, art. 4.02-3.08

MODIFICACIONES AL PERMISO o AUTORIZACION

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Cite as Reglamento Núm. 6685, Art. 4.02-3.08

A. La Autoridad puede modificar un permiso o autorización de descarga, incluidas, pero sin limitarse a, las siguientes razones: REGLAMENTO SOBRE LOS SERVICIOS DE AGUA y DE ALCANTARILLADOS III-10 1. Incorporar cualquier requisito de pretratamiento, nuevo o revisado, federal 0 del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; 2. Cuando, en la opinión de la Autoridad, sea necesaria una modificación para proteger cualquier sistema e instalación de tratamiento, proteger la salud o bienestar público, evitar la contaminación de los lodos sanitarios de la instalación de tratamiento o proteger la calidad de las aguas receptoras u otra causa justa; 3. Atender cualquier cambio sustancial en el volumen o las características de los contaminantes en la descarga, incluidos los desperdicios peligrosos característicos o que figuran en la lista de desperdicios peligrosos y cualquier adición o cambio a un proceso u operación que altere la naturaleza o aumente las cantidades de materiales descargados en los sistemas de tratamiento de forma tal que el usuario incumpla con los requisitos contenidos de su permiso o autorización o de este Reglamento; 4. Atender o poner remedio a la violación de cualquiera de los términos o condiciones del permiso o autorización de descarga; 5. Atender o poner remedio a la falsa representación u omisión de la divulgación completa de hechos pertinentes de la solicitud de permiso o autorización de descarga o de cualquier informe requerido; 6. Reflejar la revisión de las normas categóricas de pretratamiento o la concesión de una dispensa a las Normas Nacionales Categóricas de Pretratamiento de conformidad con el 40 CFR 403.7 ó 403.13; 7. Corregir errores tipográficos, o de otro tipo, en el permiso o autorización de descarga; 8. Reflejar un cambio en los sistemas e instalaciones de tratamiento que requiera una reducción provisional o permanente o la eliminación de la descarga permitida; o 9. Reflejar un traspaso de la titularidad u operación de la instalación a un nuevo dueño u operador. Puede que no se permita una modificación con este propósito, a menos que el poseedor del permiso cumpla con los requisitos del
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