Regl. 6685, art. 4.02-5.10
TERMINACIÓN DEL PERMISO o AUTORIZACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 6685, Art. 4.02-5.10
A. Cualquier usuario que viole las siguientes condiciones puede estar sujeto a la
terminación de su permiso o autorización:
REGLAMENTO SOBRE LOS SERVICIOS DE AGUA Y DE ALCANTARILLADOS
V-5
1. Que el usuario no informe con exactitud los constituyentes de las aguas residuales
ni las caracterÃsticas de su descarga;
2. Que el usuario no informe cambios significativos en las operaciones ni los
constituyentes y caracterÃsticas de las aguas residuales;
3. Que se niegue el acceso razonable e inmediato a los predios del usuario con el
propósito de inspeccionar o realizar monitorización;
4. Que se viole cualquiera de las condiciones del permiso o autorización de descarga
del usuario;
5. Que se violen las prohibiciones de descarga contenidas en el ArtÃculo 2.03 o los
lÃmites de descarga del ArtÃculo 2.04;
6. Que se falsifiquen los informes de auto-monitorización o cualquier otra
información;
7. Que se manipule el equipo de monitorización; o
8. Que se dejen de pagar los cargos por el servicio de alcantarillado.
B. Se notificará por escrito a los usuarios en incumplimiento, por correo registrado o
certificado, la terminación de su permiso o autorización. El usuario puede solicitar
una revisión de la terminación del permiso o autorización según dispuesto en el