Regl. 6685, art. 4.02-6.08

RESPONSABILIDAD DE LOS USUARIOS NO ABONADOS

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Cite as Reglamento Núm. 6685, Art. 4.02-6.08

Todo usuario no abonado solicitará una cuenta a su nombre y se hará responsable por el pago de la totalidad de los servicios utilizados. Cuando dicho usuario no abonado se beneficie de los servicios solicitados por un usuario abonado ambos serán responsables solidariamente por el pago del servicio. De igual forma, la Autoridad podrá registrar dicho servicio a nombre del usuario no abonado y requerirle que cumpla con los demás requisitos establecidos. No cumplir con estos requisitos dentro de un plazo de diez (10) días naturales a partir de la fecha de la notificación, constituirá causa suficiente para la suspensión del servicio.
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