Regl. 6685, art. 4.02-6.15

MANIPULACIÓN DE CONTADORES/METROS

Length: 108 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6685, Art. 4.02-6.15

A. Se prohibe toda manipulación o interferencia con los contadores/metros de agua por parte de personas que no sean agentes debidamente autorizados por la REGLAMENTO SOBRE LOS SERVICIOS DE AGUA Y DE ALCANTARILLADOS VI-4 Autoridad. Esta prohibición se hace extensiva al manejo de los accesorios correspondientes, incluso de la llave de paso hacia dichos contadores/metros. B. Toda violación a esta disposición se considerará un delito menos grave. Además, el infractor será responsable por los cargos no registrados como consecuencia de dicha interferencia. Este cargo se calculará de conformidad con el consumo promedio de éste, quien será responsable además por los costos de la investigación y de las reparaciones.
Regl. 6685, art. 4.02-6.15: MANIPULACIÓN DE CONTADORES/METROS | Justis AI