Regl. 6685, art. 4.02-6.16
OBSTRUCCIONES SOBRE LOS CONTADORES/METROS
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Cite as Reglamento Núm. 6685, Art. 4.02-6.16
DE AGUA
No se colocará nada encima de los contadores/metros ni de sus cajas protectoras
que pueda evitar la lectura o manejo de los mismos. Cualquier obstáculo de esta
naturaleza se considerará un estorbo público y estará sujeto a las disposiciones de la
Sección 19 de la Ley de Acueductos y Alcantarillados y será removido por la Autoridad a
expensas del abonado o usuario.