Regl. 6685, art. 4.02-6.22
AJUSTES POR DEFICIENCIA EN EL SERVICIO DE
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Cite as Reglamento Núm. 6685, Art. 4.02-6.22
ACUEDUCTO
La Autoridad podrá ajustar los cargos facturados por el servicio de acueducto y
alcantarillado cuando el abonado o usuario haya sido objeto de un servicio de acueducto
irregular e insuficiente por más de un mes, de conformidad con los criterios establecidos
en las Normas sobre Ajustes por Servicio Deficiente de Agua.