Regl. 6685, art. 4.02-8.02

CARGOS

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Cite as Reglamento Núm. 6685, Art. 4.02-8.02

Sujeta a cualquier requisito procesal, la Autoridad puede adoptar cargos que incluyen, sin limitación: A. Cargos al usuario por las aguas residuales que serán descargadas al sistema de alcantarillado; B. Cargos por el reembolso de los costos de inicio y operación del Programa de Pretratamiento de la Autoridad; C. Cargos por la monitorización, las inspecciones y los procedimientos de vigilancia; D. Cargos por revisar los Planes de Control de Descargas de Impacto y la construcción de instalaciones para implantar dichos planes; E. Cargos por las solicitudes de permiso; F. Cargos por demostrar la remoción constante al amparo del 40 CFR 403.7 a fin de conceder créditos por remoción de contaminantes que, de otro modo, están sujetos a las Normas Nacionales Categóricas de Pretratamiento; y G. Otros cargos que la Autoridad pueda estimar necesarios para cumplir con los requisitos contenidos en este Reglamento. Los cargos contemplados en este artículo están relacionados únicamente con los asuntos regidos por este Reglamento y son independientes de cualquier otro cargo que la Autoridad puede imponer.
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