Regl. 6686, art. 10 dup2
Reglamento para la Administración, Opreración y Funcionamiento del Proyecto de Comunicación, un Esfuerzo Comunitario de tu Universo Televisión.
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Cite as Reglamento Núm. 6686, Art. 10 dup2
Iniciativas de la Corporación para implantar el Proyecto:
(A) La Presidenta de la Corporación podrá en el ejercicio de su discreción
implantar iniciativas por medio del Proyecto sin que éstas sean sometidas al
Comité Evaluador de Propuestas; así mismo, podrá implantar iniciativas que
conlleven convocatorias para la presentación de propuestas, las cuales serán
evaluadas por el Comité.
(B) Todos los trámites y desembolsos relacionados con propuestas acogidas por
la Presidenta previa recomendación del Comité Evaluador de Propuestas, así
como los trámites y desembolsos relacionados con iniciativas que la
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Corporación implante separadamente de las propuestas que evalúe dicho
Comité, serán llevados a cabo conforme a lo dispuesto en las leyes vigentes,
este Reglamento y cualesquiera otros reglamentos aplicables de la
Corporación.