Regl. 6686, art. 12 dup2
Reglamento para la Administración, Opreración y Funcionamiento del Proyecto de Comunicación, un Esfuerzo Comunitario de tu Universo Televisión.
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Cite as Reglamento Núm. 6686, Art. 12 dup2
Contenido de los Informes de Progreso del Proyecto:
Los informes de progreso deberán incluir, sin que ello se considere como una
limitación, lo siguiente:
(A) Con la asistencia del Departamento de Finanzas de la Corporación, un informe
de ingresos, incluyendo los fondos asignados para el año fiscal en particular;
(b) los recursos sobrantes de los fondos asignados para el año fiscal en
particular, si algunos, y años anteriores, si aplicare; (c) las asignaciones
adicionales al Proyecto por parte de la Corporación, si alguna; (d)
cualesquiera otros fondos del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, sus municipios, agencias e instrumentalidades públicas o del Gobierno
de los Estados Unidos de América; (e) los ingresos por concepto de
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aportaciones y/o auspicios de personas y entidades privadas; y (f) cualquier
otro tipo de ingresos.
(B) Con la asistencia del Departamento de Finanzas de la Corporación, un informe
detallado de gastos.
(C) Un resumen de las comunidades servidas, el número de participantes, los
productos generados y logros.
(D) Una relación de asuntos importantes relevantes para información y/o decisión.