Regl. 6686, art. 8 dup2

Guías de Presentación y Criterios de Evaluación de

Length: 185 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6686, Art. 8 dup2

Propuestas: 7 (A) El Comité desarrollará unas guías para la presentación de propuestas y los criterios de evaluación de las mismas. La Presidenta avalará las guías de presentación y los criterios de evaluación o los modificará en el ejercicio de su discreción. (B) El Comité evaluará las propuestas a base de las guías y criterios, tomando en consideración las disposiciones de la Ley 216, así como resoluciones conjuntas, legislación y órdenes administrativas y ejecutivas pertinentes, en particular la Orden Ejecutiva OE-2002-64, los elementos expresados en la asignación presupuestaria a la Corporación en el Año Fiscal 2002-2003 para el Proyecto (según consta en el Presupuesto Recomendado por la Gobernadora) y elementos expresados en asignaciones presupuestarias para años fiscales futuros (según conste en futuros presupuestos recomendados por la Gobernadora), este Reglamento y cualesquiera otros reglamentos y políticas de la Corporación aplicables. (C) Las recomendaciones y/o evaluaciones del Comité serán atendidas según dispuesto en el Artículo 9 de este Reglamento. (D) Las guías de presentación y criterios de evaluación deberán ser cónsonos con las leyes y reglamentos de la Corporación así como con la política pública de ésta.
Regl. 6686, art. 8 dup2: Guías de Presentación y Criterios de Evaluación de | Justis AI