Regl. 6699, art. 16-8
Violación, Multas Administrativas y Cuantía
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Cite as Reglamento Núm. 6699, Art. 16-8
Se tomará en consideración al momento de señalar una violación y establecer una multa la
incidencia previa de la Institución, la diligencia en realizar los cambios necesarios, O si la
dilación se debe a causa mayor o corresponde a terceros (en el caso de renovación de licencia
los permisos requeridos por otras agencias gubernamentales). Si la violación se debe a causa
mayor o existe justa causa la institución deberá someter evidencia al CGE de las razones para
el incumplimiento.
La determinación de la cantidad a imponer, como multa administrativa, va a depender del
tipo de violación en que incurra la institución.
Los actos que constituyen violación y las guías de relación de pagos por multa administrativa
se desglosan a continuación.
ACTOS QUE CONSTITUIRÁN VIOLACIÓN Y RELACIÓN DE PAGOS
MULTA
VIOLACIÓN AL REGLAMENTO
ESTABLECIDA
Prometer, anunciar, ofrecer 0 expresar la intención de otorgar
certificados, diplomas 0 reconocimiento de aprobación de programas
en las áreas cubiertas por la Ley 148, según enmendada, sin tener
licencia expedida por el Consejo.
$ 3,000.00
Incorporar otro nivel sin informat a la Oficina de Licencia y
Acreditación, ofrecer cursos adicionales, o utilizar metodología de
enseñanza que no surja de la licencia aprobada, sin la debida
$ 1,000.00
notificación al Consejo.
Reubicar la institución sin la debida autorización
$ 500.00
Suministrar información falsa en la Solicitud de Licencia
$ 1,000.00
Cesar operaciones sin llevar a cabo el proceso establecido por el
Reglamento de la Oficina de Licencia y Acreditación
$ 500.00
Transferir dominio sin notificar a la Oficina de Licencia y Acreditación
$ 500.00
Cambiar la dirección postal y teléfonos de la Institución sin la debida
notificación
$ 500.00
Cambiar el Nombre de la institución sin la debida notificación al
Consejo.
$ 500.00
Modificar misión sin informar al Consejo
Modificar metodología de enseñanza sin informar al Consejo.
$ 500.00
Ofrecer información falsa o engañosa al público en anuncios o
promoción
$ 1,000.00
Rechazar, sin causa justificada, visitas de evaluación de seguimiento
$ 1,000.00
Dejar de notificar por escrito a los padres su derecho a comparecer en
procesos de renovación de licencia
$ 500.00
Incumplimiento en la radicación de información requerida por
Reglamento a la Oficina de Licencia y Acreditación
$ 500.00
Operar sin licencia y/o no renovar en tiempo la licencia
45 días
$ 1,000.00
60 días
$ 1,500.00
75 días
$ 2,000.00
90 días
$ 3,000.00
No tener visible la licencia otorgada por el Consejo
$ 500.00
Todos los casos que se reciban vía querella se procesaran conforme al
N/A
Reglamento de Licencias y este reglamento establece la penalidad en
caso de imposición de multa.
El Consejo podrá evaluar los pormenores de cada caso al momento de imponer las multas
para propósito de modificar la cuantía a imponer. De surgir una violación no cubierta por la
lista, el Cuerpo Rector podrá imponer la cuantía de la violación que más se asemeje en sus
características.
Se podrán considerar como situaciones que ameriten una multa mayor, pero sin limitar, el
hacer caso omiso a señalamientos del CGE, no cumplir sin razón justificada con términos
impuestos para subsanar violaciones, negarse a proveer la información requerida entre otros.
Cada caso se examinará independientemente y se tomarán en cuenta las particularidades de
los mismos al momento de evaluar la multa a fijar, si aplica la misma. El CGE podrá en
aquellos casos que se demuestre la debida diligencia de la Institución, no aceptar la
recomendación de multa y/o imponer una amonestación por escrito que irá al expediente.
Infracciones subsiguientes conllevarán una multa donde se duplicará la misma en proporción
a la infracción cometida. Toda Institución que incurra consecutivamente en violaciones al
Reglamento se le impondrá la pena mayor establecida.
Las multas impuestas por el Consejo antes de aprobarse este Reglamento continúan en vigor
y la aprobación de este Reglamento no afectará la validez de las mismas.