Regl. 6699, art. 16-8

Violación, Multas Administrativas y Cuantía

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Cite as Reglamento Núm. 6699, Art. 16-8

Se tomará en consideración al momento de señalar una violación y establecer una multa la incidencia previa de la Institución, la diligencia en realizar los cambios necesarios, O si la dilación se debe a causa mayor o corresponde a terceros (en el caso de renovación de licencia los permisos requeridos por otras agencias gubernamentales). Si la violación se debe a causa mayor o existe justa causa la institución deberá someter evidencia al CGE de las razones para el incumplimiento. La determinación de la cantidad a imponer, como multa administrativa, va a depender del tipo de violación en que incurra la institución. Los actos que constituyen violación y las guías de relación de pagos por multa administrativa se desglosan a continuación. ACTOS QUE CONSTITUIRÁN VIOLACIÓN Y RELACIÓN DE PAGOS MULTA VIOLACIÓN AL REGLAMENTO ESTABLECIDA Prometer, anunciar, ofrecer 0 expresar la intención de otorgar certificados, diplomas 0 reconocimiento de aprobación de programas en las áreas cubiertas por la Ley 148, según enmendada, sin tener licencia expedida por el Consejo. $ 3,000.00 Incorporar otro nivel sin informat a la Oficina de Licencia y Acreditación, ofrecer cursos adicionales, o utilizar metodología de enseñanza que no surja de la licencia aprobada, sin la debida $ 1,000.00 notificación al Consejo. Reubicar la institución sin la debida autorización $ 500.00 Suministrar información falsa en la Solicitud de Licencia $ 1,000.00 Cesar operaciones sin llevar a cabo el proceso establecido por el Reglamento de la Oficina de Licencia y Acreditación $ 500.00 Transferir dominio sin notificar a la Oficina de Licencia y Acreditación $ 500.00 Cambiar la dirección postal y teléfonos de la Institución sin la debida notificación $ 500.00 Cambiar el Nombre de la institución sin la debida notificación al Consejo. $ 500.00 Modificar misión sin informar al Consejo Modificar metodología de enseñanza sin informar al Consejo. $ 500.00 Ofrecer información falsa o engañosa al público en anuncios o promoción $ 1,000.00 Rechazar, sin causa justificada, visitas de evaluación de seguimiento $ 1,000.00 Dejar de notificar por escrito a los padres su derecho a comparecer en procesos de renovación de licencia $ 500.00 Incumplimiento en la radicación de información requerida por Reglamento a la Oficina de Licencia y Acreditación $ 500.00 Operar sin licencia y/o no renovar en tiempo la licencia 45 días $ 1,000.00 60 días $ 1,500.00 75 días $ 2,000.00 90 días $ 3,000.00 No tener visible la licencia otorgada por el Consejo $ 500.00 Todos los casos que se reciban vía querella se procesaran conforme al N/A Reglamento de Licencias y este reglamento establece la penalidad en caso de imposición de multa. El Consejo podrá evaluar los pormenores de cada caso al momento de imponer las multas para propósito de modificar la cuantía a imponer. De surgir una violación no cubierta por la lista, el Cuerpo Rector podrá imponer la cuantía de la violación que más se asemeje en sus características. Se podrán considerar como situaciones que ameriten una multa mayor, pero sin limitar, el hacer caso omiso a señalamientos del CGE, no cumplir sin razón justificada con términos impuestos para subsanar violaciones, negarse a proveer la información requerida entre otros. Cada caso se examinará independientemente y se tomarán en cuenta las particularidades de los mismos al momento de evaluar la multa a fijar, si aplica la misma. El CGE podrá en aquellos casos que se demuestre la debida diligencia de la Institución, no aceptar la recomendación de multa y/o imponer una amonestación por escrito que irá al expediente. Infracciones subsiguientes conllevarán una multa donde se duplicará la misma en proporción a la infracción cometida. Toda Institución que incurra consecutivamente en violaciones al Reglamento se le impondrá la pena mayor establecida. Las multas impuestas por el Consejo antes de aprobarse este Reglamento continúan en vigor y la aprobación de este Reglamento no afectará la validez de las mismas.
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