Regl. 6702, art. C-17

- Definición

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Cite as Reglamento Núm. 6702, Art. C-17

La Administración del contrato es aquella actividad que se efectúa una vez se formaliza el contrato para la ejecución del modular en cuestión mediante la cual la persona a cargo de velar por los intereses de la Corporación verifica, aprueba O desaprueba las operaciones efectuadas al amparo del contrato. 21
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