Regl. 1277, art. 112-112.1

Tipos de Puertas y Portones Permitidos.

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Cite as Reglamento Núm. 1277, Art. 112-112.1

Donde tanto la puerta de pozo como la puerta O portón de carro se abran y/o se cierren mecânicamente, la puerta de pozo y la puerta o portón del carro deberán ser: a. Ambas del tipo de corredera-horizontal 0 b. Ambas del tipo de corredera-vertical. USAS, A17.1 Ibid
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