Regl. 6712, art. 11 dup2

ADMINISTRACIÓN DE LAS PRUEBAS.

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Cite as Reglamento Núm. 6712, Art. 11 dup2

El Gerente General del CBA podrá ordenar que se administren pruebas para la detección de sustancias controladas a ciertos funcionarios y empleados de la Corporación, cuando ocurra una de las siguientes circunstancias: 11.1 Cuando ocurra un accidente en el trabajo, relacionado con sus funciones, durante horas laborables, que sea atribuible directamente a un funcionario o empleado, en cuyo caso la prueba será administrada no más tarde de 24 horas contadas a partir del accidente. Si el funcionario o empleado está inconsciente o ha fallecido, se le podrá tomar una muestra de sangre u otra sustancia del cuerpo que permita la detección de sustancias controladas. -7- 11.2 Cuando exista sospecha razonable individualizada de por lo menos dos supervisores de un funcionario O empleado, de los cuales uno deberá ser supervisor directo, en cuyo caso la prueba será administrada no más tarde de 32 horas contadas a partir de la última observación de conducta anormal O errática que genere la sospecha razonable individualizada Cualquiera de los dos (2) supervisores deberá llevar un expediente confidencial, que estará bajo la custodia del Oficial de Enlace, en el cual anotará todos los incidentes que generan sospechas de que un funcionario O empleado está desempeñando sus funciones y deberes bajo los efectos de sustancias controladas. Los expedientes de funcionarios o empleados a quienes no se les administren las pruebas dentro de seis meses contados a partir de la anotación del primer incidente, serán destruidos. 11.3 Cuando un funcionario o empleado ocupe un puesto o cargo sensitivo en la Corporación del Centro de Bellas Artes. El término "puesto o cargo sensitivo" se entenderá según la definición que establece la Regla 5.9 de este Reglamento. Se consideran puestos O cargos sensitivos los siguientes: el Gerente General, Gerente de Administración, Ayudantes Especiales, Directores Oficial de Enlace y cualquier otro que determine el Gerente General. En este caso, al funcionario o empleado se le podrán administrar pruebas periódicas de detección de sustancias controladas. 11.4 Cuando un funcionario o empleado haya dado un resultado positivo corroborado en una primera prueba y se requieran pruebas adicionales de seguimiento como parte de un programa de orientación, tratamiento y rehabilitación. 11.5 Cuando un funcionario o empleado se somete voluntariamente a la prueba, sin que se le haya requerido que así lo haga.
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