Regl. 6712, art. 8 dup2
VIGENCIA DEL PROGRAMA
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Cite as Reglamento Núm. 6712, Art. 8 dup2
El Programa de Pruebas para la Detección de Sustancias Controladas entrará
en vigor treinta (30) dÃas después de su notificación por escrito a todos los
funcionarios y empleados del CBA. Igual disposición aplicará a cualquier
enmienda referente a este Programa. La notificación incluirá información sobre
el Oficial de Enlace y el programa de orientación, tratamiento y rehabilitación de
la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA)
u otro Programa de Ayuda al Empleado calificado contratado por la Corporación.